Es habitual tener dudas de la Ley de la Segunda Oportunidad. Aunque esta legislación ya lleva un tiempo en vigor, continúa siendo una gran desconocida para muchas personas, que no saben muy bien cómo pueden acogerse al procedimiento que regula, o si están en una situación que les permita solicitar la exoneración de sus deudas.
En el caso de los autónomos, esto es todavía más común. Desafortunadamente, muchos de ellos llegan a una situación de insolvencia porque su negocio va mal, y sus dudas con respecto a la segunda oportunidad les privan del acceso a la misma. Para que el desconocimiento no se convierta en una barrera, vamos a resolver cinco de las dudas más comunes que tienen los profesionales que trabajan por cuenta propia sobre esta materia.
¿Hay que pasar necesariamente por un procedimiento judicial?
Aunque el procedimiento se sustancia ante un juez, lo cierto es que en este caso no se celebra ningún juicio o vista como tal. Lo cual es una buena noticia para el autónomo, porque puede seguir trabajando con normalidad.
Lo único que hay que hacer es presentar la solicitud para obtener el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI) junto con la documentación que acredita que existen deudas y que la situación económica del autónomo no le permite hacer frente a las mismas.
Una vez que la petición entra al juzgado, el autónomo no tiene que preocuparse por nada más. No tendrá que ir a una vista, ni se le llamará para que firme nada. Cuando el juez examine su petición, emitirá la correspondiente resolución que, por lo general, concederá la exoneración de pago de las deudas pendientes.
¿Es necesario liquidar todo el patrimonio? De las más comunes dudas en la Ley de la Segunda Oportunidad
Con la anterior regulación, cualquier particular o autónomo que se acogiera a la segunda oportunidad tenía que liquidar todo su patrimonio, pero esto ya no es así.
El deudor puede conservar algunos de sus bienes, pero a cambio, la exoneración de las deudas no será total sino parcial. Esto quiere decir que, tras liquidar los bienes aportados al proceso, la cuantía que quede pendiente de pago se va a tener que abonar. Pero respecto a ella se va a establecer un plan de pagos que hará que hacer frente a esa deuda sea mucho más viable para el deudor.
En el caso de los autónomos, la legislación ha optado por brindarles una especial protección. Entendiendo que los bienes afectos a su actividad económica son esenciales para que el profesional pueda seguir trabajando, estos pueden quedar fuera del procedimiento de segunda oportunidad. Es decir, que el autónomo podrá conservarlos pase lo que pase.
¿Se pueden exonerar de pago deudas con Hacienda y con la Seguridad Social?
Otra de las dudas en la Ley de la Segunda Oportunidad es si el procedimiento es aplicable también respecto a las deudas que se tienen con la Administración.
En el caso de los autónomos, no es infrecuente que existan deudas con Hacienda y con la Seguridad Social. Antes, estas no eran exonerables, pero eso ha cambiado con la nueva legislación. Según la normativa actual, el deudor quedará exonerado de deudas de importe de hasta 10.000 con cada una de estas Administraciones.
Si la deuda fuera mayor, la cuantía que exceda de esa cantidad subsistirá como deuda pendiente, pero respecto a ella se establecerá un plan de pagos.
¿Las deudas siguen creciendo mientras se tramita el procedimiento?
Una de las ventajas que tiene la segunda oportunidad es que, una vez presentada la solicitud en el juzgado, las deudas dejan de sumar intereses de demora y recargos. Quedan «congeladas» tal y como estuvieran en el momento de presentarse la petición de exoneración de pago.
Además, los acreedores ya no pueden adoptar medidas para exigir el pago. Mientras se está sustanciando el procedimiento de segunda oportunidad no pueden iniciar un procedimiento judicial de reclamación de deuda. Y, si lo hubieran iniciado antes de la solicitud de segunda oportunidad por parte del deudor, estos procesos quedan en suspenso.
¿Cuál es la principal ventaja de este procedimiento?
Acudir a la segunda oportunidad tiene un coste, pero sus beneficios superan con creces la inversión que hay que realizar. Porque al final del proceso el autónomo se habrá liberado de esas deudas que se han vuelto imposibles de pagar.
Además, como hemos señalado antes, no es necesario liquidar aquellos bienes y elementos que son necesarios para el ejercicio de la actividad profesional, por lo que el profesional puede seguir ejerciendo su profesión con total normalidad.
La principal ventaja de pasar por este procedimiento es que se obtiene una segunda oportunidad que es totalmente real. Una nueva oportunidad para comenzar desde cero, sin tener que arrastrar deudas a las que no se puede hacer frente y que crecen más cada día a base de intereses de demora y recargos.
Las dudas de la Ley de la Segunda Oportunidad son comunes en muchos casos, pero ya has visto que con este procedimiento todo son ventajas. Si estás pensando en pasar por él, nuestro equipo puede ayudarte.
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