Seguramente has escuchado hablar sobre ser deudor de buena fe pero no sabes bien en qué consiste eso y cuáles son los requisitos para que se te considere precisamente un deudor de buena fe. A continuación, te lo detallamos.
Qué es ser deudor de buena fe
Ser deudor de buena fe es una persona que, aun siendo insolvente demuestra que no ha llegado a esa situación realizando actos de mala fe. Esto es un requisito fundamental para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad y con ello ayudar a beneficiarse de la exoneración de las deudas.
Así por buena fe se entiende a la actuación que hace una persona en base a la rectitud de su conducta, honradez y sinceridad. Son aspectos que ayudan a determinar situaciones que pueden ser discutidas o litigiosas.
Según se recoge en una Sentencia del Tribunal Supremo, ser deudor de buena fe implica no solo actuar de buena fe, sino también cumplir varios requisitos establecidos en la ley. A través del concepto de buena fe se puede determinar lo que se hace es determinar que el deudor está en situación de insolvencia sin que haya incurrido en engaños o malas artes.
Qué puede hacer un deudor para considerar que tiene buena fe
Por tanto, para que el deudor se considere de buena fe, el primer paso y también el más relevante, es ser sincero con la información sobre las deudas que se facilita. Aquí se hace referencia a la relación de gastos, ingresos, deudas y el patrimonio que se tiene.
Además, si por alguna circunstancia, el deudor de manera inesperada recibe durante el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad una gran cantidad de dinero tendrá que comunicarlo. Si cambia su situación económica también podría cambiar la situación del procedimiento en cuestión.
Cabe recordar que durante todo el procedimiento, la persona que tiene las deudas será protegido por la legislación. De este modo, sus deudas ya no se incrementarán porque los intereses no siguen aumentando.
Ser deudor de buena fe y la Ley de Segunda Oportunidad
Como decimos, es fundamental ser deudor de buena fe para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. En este sentido, se trata de un requisito fundamental pero lo cierto es que no es el único. Además, será necesario estar en situación de insolvencia. Esto quiere decir que la persona no puede hacer frente a los pagos ya o que prevé que no pueda hacerlo de manera inminente.
Además, este mecanismo legal está reservado exclusivamente a las personas físicas o autónomos. Cabe recordar que las empresas tienen para tal fin el concurso de acreedores.
Será también fundamental contar con más de un acreedor para poder acogerse a este mecanismo y no tener antecedentes penales por delitos socioeconómicos. Al tiempo que será fundamental que la persona colabore con el juzgado en aquello que se solicite.
De este modo, si se cumplen con todos los requisitos arriba descritos, el deudor podrá acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad y podrá ver cómo sus deudas quedan exoneradas ya sea total o parcialmente. Tras esto podrá comenzar de nuevo a nivel económico, con una día a día sin deudas.
A qué se conoce como Ley de Segunda Oportunidad
Por tanto, la Ley de Segunda Oportunidad es el mecanismo legal que regula la posibilidad de la que las personas físicas o autónomos puedan exonerar sus deudas de manera total o parcial cuando se encuentran en situación de insolvencia.
Con esto, como el propio nombre de la ley indica, lo que se busca es que esas personas puedan comenzar una nueva vida a nivel crediticio y económico. Una de las grandes ventajas que supone acogerse a este mecanismo es que también permitirá salir de los ficheros de morosos de manera automática.
Pasos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad y llevar a cabo todos los pasos que se han de hacer bien desde el primer momento, lo mejor será contactar con expertos en este tipo de mecanismos como son en Ecualitas. De este modo, lo que te asegurarás es que el procedimiento se hace bien desde el primer momento y que se busca la solución más acorde a tus necesidades.
Y es que los pasos son fundamentalmente tres. El primero de ellos es recoger toda la información relevante y presentar la solicitud ante el organismo competente. Tras esto se presentará un plan de pagos si así se considera para finalmente tener que solicitar en el caso de que se busque la exoneración total, la cancelación de la deuda.