Aunque se acepte una herencia y, con ella, sus deudas hay posibilidades de evitar que las deudas heredadas acaben afectando al patrimonio que tenías previamente. Te damos las claves que debes conocer al respecto para tomar la mejor decisión posible.
Deudas heredadas: cómo evitarlas
Hay que recordar que, según queda registrado en el Código Civil, que se encarga de regularizar tanto las herencias como los testamentos, se establecerá que se heredan las deudas y los bienes. Por tanto, cuando fallece una persona, los acreedores pueden reclamar a los herederos sus deudas, puesto que no caducan. Hay que tener en cuenta que cuando un heredero recibe un tercio de la herencia, recibe la deuda en su parte proporcional. En este caso, sería un tercio de la deuda.
Informarse, una de las claves
Es realmente importante cuando una persona tiene constancia de que es el beneficiario de una herencia, informarse. Puede que lo que se vaya a heredar sean más deudas que patrimonio o que esté prácticamente igualado en valor y, por tanto, convendrá ver las opciones que tienes a tu alcance. Si te informas previamente y asesoras podrás evitar hacer frente a unas deudas que pueden sobrepasarte, con todas las preocupaciones que acabará generándote la situación.
Heredar a beneficio de inventario
Cuando se recibe una herencia hay tres opciones posibles: rechazarla, aceptarla o aceptarla a beneficio de inventario. Cuando se opta por esta segunda opción, lo que se busca es evitar heredar deudas al tiempo que se acepta la herencia. Con esta fórmula lo que se consigue es separar el patrimonio del heredero con el patrimonio heredado. Esto lo que posibilita es que las deudas del fallecido no puedan perjudicar el patrimonio a heredar.
De este modo, gracias a este mecanismo, el heredero no tendrá que responder con sus bienes personales, sino que lo hará con los bienes heredados. En el caso de que el patrimonio heredado no cubra estas deudas, no habrá posibilidad alguna de que se reclame al heredero. Por tanto, con este mecanismo lo que se hace es repartir los bienes a los herederos solo cuando exista sobrante al pagar todas las deudas que pueda haber contra el patrimonio heredado.
Así pues, mediante esta vía, la responsabilidad de la persona que recibe la herencia estará limitada a beneficio de inventario, ya que no responderá en ningún caso por las deudas del finado con sus propios bienes.
Recibir una herencia y acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
Las personas que puedan recibir una herencia y se hayan acogido a la Ley de Segunda Oportunidad deberán saber que para poder cumplir con el requisito de buena fe, tendrán que declararse el derecho a recibir la herencia durante el procedimiento judicial. Esto quiere decir que el deudor, en ningún momento, tendrá que ocultar la herencia al pedir acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.
He aceptado una herencia con deudas: qué hago
Si, por el motivo que sea, has aceptado una herencia en la que la deuda tiene un peso mayor que el patrimonio que recibes y no puedes hacer frente a la liquidación de la deuda, podrás acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad. Para ello, tendrás que cumplir una serie de requisitos como estar en situación de insolvencia, ser deudor de buena fe, etc.
Al acogerse a este mecanismo podrás eludir el pago total o parcial de la deuda que tuvieras. Esto será posible independientemente de su origen: puede ser una deuda heredada que te haya llevado a esta situación, con la administración pública, con entidades, etc. Es una opción a la que pueden acogerse las personas físicas y que te permitirá comenzar de cero.
Además, cuando se recibe una herencia se pagan una serie de tributos en concepto de impuesto de donaciones. Es un montante que tendrás que sumar al de la propia deuda que hayas podido recibir. Con la Ley de Segunda Oportunidad podrás cancelar una deuda de hasta 10.000 euros con la Agencia Tributaria. Por lo que es una opción que te ayudaría a tener que pagar los tributos de un legado que ha resultado ser contrario a tus intereses. Lo mismo ocurriría si, por ejemplo, hubieras heredado una deuda de hasta 10.000 euros con la Seguridad Social. Acogiéndote a este mecanismo podrías ver tu deuda cancelada con ambas administraciones públicas.
En cualquier caso, si estás pensando en optar por esta posibilidad lo primero será ponerte en contacto con expertos en Ley de Segunda Oportunidad que puedan asesorarte al respecto.
En Ecualitas lo somos y podremos guiarte sobre qué hacer con las deudas heredadas y a qué solución puedes llegar para que consigas la mejor salida posible a tu situación. Ponte en contacto con nosotros y estudiaremos tu caso para que encuentres el mecanismo que mejor se ajuste a tus necesidades y opciones.