¿Tienes una empresa sin actividad y te preguntas si puedes cerrarla? Te damos todas las claves al respecto y respondemos a la pregunta de si puedes cerrar mi empresa sin actividad.
Cuándo debo cerrar mi empresa sin actividad
En el momento en el que una empresa no tiene actividad, lo que supone es que se ha dado la paralización de la actividad y de los procesos que se dan en cualquier enseña. Durante este tiempo, los posibles movimientos o ingresos están suspendidos, por lo que no se da un aumento de capital en la firma.
Este periodo de inactividad puede ser una buena opción frente a los gastos generados que conlleva la disolución de una empresa, pero si se mira a largo plazo puede no ser la mejor opción. Según se recoge en el Real Decreto Legislativo 1/2010, las empresas sin actividad tienen hasta un año para seguir en ese estado. Tras este tiempo habrá que cerrar la empresa inactiva o se incurrirá en las conocidas como causas de disolución. Por tanto, sí se puede y se debe cerrar una empresa sin actividad.
Obligaciones de las empresas sin actividad
Las empresas que no tienen actividad se encuentran obligadas a cumplir con todas las responsabilidades propias de las enseñas que sí están activas. Por tanto, tendrán que hacer la formulación y depositar las cuentas anuales, manteniendo activa también una administración, presentación de impuestos, etc. De lo contrario, podría generar la imposición de multas.
Pasos para cerrar una empresa sin actividad
Para lograr disolver una sociedad inactiva se tendrá que llevar a cabo un proceso que puede prolongarse en el tiempo a lo largo de un par de meses. Así pues los pasos serán los siguientes.
Celebración de la Junta General
El primer paso será la convocatoria de una Junta General. Cuando una empresa entra en un periodo de inactividad su responsable o responsables serán los administradores de la misma. Por lo tanto, en los casos en los que la disolución de la empresa es inminente, ellos serán los que tengan que convocar a la junta general.
En junta tendrán que estar presentes los socios y los administradores para así lograr un acuerdo, y redactar el acta de disolución, liquidación y cancelación. Cuando la redacción del acta se ha producido, los administradores serán sustituidos por la figura de un liquidador, que será el que realice un balance de cuentas y lo presentará ante el Registro Mercantil.
Disolución de la empresa
Respecto al proceso de disolución de la empresa sin actividad decir que tendrá que hacerse ante el Registro Mercantil. Aquí, el liquidador hará o actualizará el estado de cuentas. Por otro lado, un notario tendrá que redactar la escritura de disolución de la sociedad que luego se inscribirá en el Registro Mercantil. En esta escritura, tendrá que haber datos como la razón social de disolución.
Liquidación de deudas pendientes
Las sociedades sin actividad son responsables de los pagos que tengan pendientes con terceros y cuyas obligaciones se hayan contraído anteriormente. Por ello, en este punto se lleva a cabo la liquidación de los activos presentes para así lograr saldar las deudas. Cuando la sociedad ya no tiene deudas, los liquidadores tendrán que hacer el llamado balance de liquidación final en el que se ven las cuotas que corresponden a cada socio.
Extinción de la personalidad jurídica
Antes de enfrentarse al momento de cerrar la empresa sin actividad, se dará la etapa de extinción. Aquí se constata en escritura pública que la liquidación ya ha concluido, dejando claro el balance de liquidación y las cuotas que pertenecen a cada socio. El 1% de la liquidación se tendrá que abonar a Hacienda, y se reflejarán en el balance de liquidación final antes de hacer dicho depósito en la Agencia Tributaria. Cuando todo esto se presenta ya en el Registro Mercantil, la sociedad deja de tener personalidad jurídica y se da paso a la extinción.
Darse de baja
Una vez se ha completado el proceso de extinción, se llevará a cabo la última etapa. Aquí se ha de presentar el modelo 036 o 037 del Censo de Empresarios en los siguientes 30 días en la Agencia Tributaria. Tras todos estos pasos, será el momento de actualizar los datos en la escritura de disolución que se haya redactado previamente.
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