acuerdo extrajudicial de pagos

El acuerdo extrajudicial de pagos en la Ley de Segunda Oportunidad

El acuerdo extrajudicial de pagos es una vía para solucionar tus deudas que has de conocer. Aquí te decimos en qué consiste y si te conviene. 

Qué es un acuerdo extrajudicial de pagos

Un acuerdo extrajudicial de pagos, como su nombre indica, es un pacto entre un deudor y uno o varios acreedores para el pago de una deuda. Como no hay intervención judicial, la discrecionalidad en las condiciones es total, siempre y cuando todas las partes estén de acuerdo.

Recuerda esto: el acuerdo es voluntario, pero vinculante, así que estarás obligado a pagar la deuda en las condiciones que hayas pactado. Como contrapartida, hay completa flexibilidad en los plazos, intereses e incluso quitas parciales de las deudas. Las posibilidades que existen, pues, son muy amplias a la hora de hacer tratos. Siempre que el acuerdo no se pueda impugnar porque sea abusivo, hay un gran margen de maniobra. 

Esta es una solución que se suele adoptar cuando ninguna de las dos partes quiere eternizarse en pleitos. Y, en algunos casos, puede ser satisfactoria. Lo que pasa es que, gracias a los últimos cambios en la ley, si tienes deudas, ahora lo tienes más fácil. Antes estabas obligado a pasar por esta fase para acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad (LSO).

A nadie se le escapa, no obstante, que cuanto mayor sea la deuda y el número de acreedores, más difícil es que lleguéis a un acuerdo. Y esto nos lleva a las siguientes preguntas. Toma nota: 

¿Es obligatorio un acuerdo extrajudicial de pagos?

No, y esta es una de las grandes ventajas de la última modificación de la Ley de la Segunda Oportunidad (LSO), a través de la Ley Concursal (LC). A partir del 26 de septiembre, si no tienes capacidad de pagar, puedes presentar directamente ante tu juzgado de Primera Instancia la solicitud de exoneración de las deudas e inciar la fase de concurso consecutivo. Antes, era necesario pasar antes por la fase de mediación extrajudicial, que casi nunca solucionaba nada.

Esta es una ventaja para ti, en el sentido de que, si no te interesa o no hay acuerdo posible con tus acreedores, no tendrás que perder el tiempo ni el dinero. Solo necesitarás recopilar la documentación y presentarla al juez. Además, ahora los juzgados tardarán mucho menos tiempo en resolver.

¿Necesito abrir un proceso concursal para llegar a un acuerdo extrajudicial?

No es necesario abrir un proceso concursal para que llegues a un acuerdo extrajudicial. Eso sí, si las cosas se complican después, pedir el concurso es una prueba de actuar de buena fe.

El criterio es claro: si la deuda es relativamente pequeña y con un solo acreedor, no hará falta. Lo que sí has de tener claro es que el acuerdo debería estar por escrito si te beneficia o si hay alguna quita. De esta manera, no te podrán reclamar más dinero en el futuro.

Eso sí, si la deuda es de una cierta cantidad o si hay más acreedores, lo mejor es que pidas concurso de acreedores o que te acojas directamente a la LSO. 

¿He de contar con alguien que me represente?

Hasta septiembre de 2022, era necesario que, si te querías acoger a la LSO, estuvieses representado por un mediador. Si no actuabas por ese cauce, no era necesario.

Como la fase de mediación voluntaria ha desaparecido, no es necesario que tengas un representante. Ahora bien, si tu idea es negociar con los acreedores un plan de reestructuración de la deuda, sí deberías contar con alguien que te represente. Lo ideal es un abogado.

Eso sí, al final, te conviene hacer cuentas. De manera que has de ver si te va a compensar entrar en la fase de mediación, y eso lo tendrías que comprobar antes de hacer el gasto. 

¿Te conviene un acuerdo extrajudicial de pagos?

Depende, y aquí es imprescindible que sepas jugar tus cartas. Antes de la reforma de la LSO, tendrías que valorarlo porque los pleitos se alargaban en el tiempo y esto te quitaba margen de maniobra.

Ahora tienes que comprobarlo igualmente, pero con la ventaja de que puedes ir directamente al juzgado. Y existen servicios como el de Ecualitas que se encargan de gestionar toda la documentación para presentarla por solo 8 euros al mes en 30 cuotas. Indudablemente, las tornas cambian y algunos casos que antes serían más complicados ahora están de tu parte.

¿En qué casos te recomendamos un acuerdo extrajudicial de pagos? Cuando la deuda se pueda negociar a largo plazo sin que esto te suponga un coste adicional o si el acreedor está dispuesto a asumir una quita. Solo entonces, te interesaría este trato, y esto es más común en las empresas.

¡Borra tus deudas de un plumazo!

El acuerdo extrajudicial de pagos ha perdido atractivo porque hoy puedes acogerte directamente a la exoneración de deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad (LSO) sin dar vueltas. ¿Quieres decir «adiós y no vuelvas» a tus deudas? En Ecualitas te ayudamos a recopilar toda la documentación. ¡Llámanos y nos pondremos en marcha!