quién se acoge a la Ley de la Segunda Oportunidad

¿Qué perfiles se acogen a la Ley de la Segunda Oportunidad?

Tener claro quién se acoge a la Ley de la Segunda Oportunidad es fundamental para determinar qué sujetos pueden pedir este procedimiento para liberarse de sus deudas, y cuáles no.

Además, es importante que estas personas cumplan con los requisitos generales establecidos en la normativa. Si no es así, no podrán acceder a la segunda oportunidad.

Quién se acoge a la Ley de la Segunda Oportunidad

La normativa es bastante clara a la hora de definir quienes pueden iniciar un procedimiento para solicitar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho o, lo que es lo mismo, la liberación de sus deudas mediante decisión judicial.

El objetivo de esta norma es dar cobertura a las personas físicas que estén sobreendeudadas. Si atendemos a lo que dice el Código Civil al respecto, se entiende por persona física el ser humano capaz que es sujeto de derechos y obligaciones.

Estas personas físicas pueden ser particulares o autónomos. Es decir, puede pedir la liberación de sus deudas tanto un particular que ha acumulado muchas deudas a base de utilizar tarjetas revolving como un autónomo que está en una situación económica especialmente delicada porque su negocio ha ido mal.

¿Pueden las personas jurídicas acogerse a la segunda oportunidad?

En ningún caso. Una persona jurídica, como lo es una sociedad mercantil, tiene unas condiciones legales diferentes a las de un particular o un autónomo a la hora de operar en el mercado.

La regla general es que su responsabilidad está limitada. Lo cual implica que solo responderá de sus deudas hasta el límite de los que sean sus recursos económicos. Los socios solo afrontan las deudas societarias hasta el importe que hayan aportado al capital social. 

Debido a esta particularidad, para las personas jurídicas existe un procedimiento legal específico para hacer frente a sus deudas en caso de sobreendedudamiento: el concurso de acreedores.

Requisitos que debe cumplir quien se acoge a la Ley de la Segunda Oportunidad

Queda claro que este procedimiento solo está previsto para personas físicas, sean estas particulares o autónomos. Sin embargo, no cualquiera puede acceder al mismo, para poder hacerlo hay que cumplir una serie de requisitos que van más allá de ser una persona física.

Para empezar, es necesario tener más de un acreedor. A día de hoy, cumplir esta condición no es demasiado complicado. Bastaría con deber dinero de la tarjeta de crédito y de un préstamo personal para poder acceder a la segunda oportunidad. Eso sí, el total de las cantidades debidas a los diferentes acreedores no puede superar los cinco millones de euros. 

Lo que no existe es una cantidad mínima debida. Hay quien se acoge a la Ley de la Segunda Oportunidad debiendo 300.000 euros, y quien lo hace por una deuda de 20.000 euros.

Además, es necesario que haya una situación de sobreendeudamiento. Esto significa que debe haber una insolvencia actual o potencial, que se traduce en que la persona no dispone de recursos económicos suficientes para pagar todo lo que debe.

Por otro lado, el deudor debe acreditar su buena fe. Que no se ha causado voluntariamente y de forma consciente su problema económico y que no va a tomar medidas que puedan ir en contra de la petición de exoneración de deudas que ha pedido, como pedir un nuevo préstamo mientras se tramita la segunda oportunidad.

En última instancia, quien se acoge a este procedimiento no puede haber sido condenado en los últimos diez años por delitos de carácter económico.

Un procedimiento accesible y sencillo

La nueva Ley de la Segunda Oportunidad configura un procedimiento para la exoneración de las deudas que es bastante accesible, puesto que cumplir los requisitos no es complicado.

De hecho, el sobrendeudamiento es una situación muy frecuente. Según datos del Banco de España, en 2019 la ratio de deuda de los hogares estaba en 58,4%. Lo que implica que más de la mitad de los hogares españoles tenían dificultades para hacer frente al pago de todas sus deudas. Situación que se ha agravado en los últimos meses por efecto de la inflación y la constante subida de los precios.

El proceso, además de accesible, se ha vuelto más sencillo y rápido. Ya no hay que abordar una negociación previa con los acreedores, y esto le permite al deudor ahorrarse dinero y también una buena cantidad de tiempo de cara a la resolución del proceso.

El exceso de deudas es una situación de la que resulta muy complicado salir. Para quien se acoge a la Ley de la Segunda Oportunidad, este procedimiento representa la mejor manera de acabar con esos créditos que ya es imposible pagar por mucho que se desee hacerlo. ¿Tu patrimonio es insuficiente para hacer frente a tus deudas? No dejes que la situación se agrave todavía más, estamos aquí para ayudarte en tu procedimiento de segunda oportunidad.