¿Estás pendiente de que te embarguen y quieres saber qué bienes están afectados? El registro de ejecuciones abiertas permite consultar estos extremos. Aquí te indicamos qué es y cómo salir de esa lista.
Qué es el registro de ejecuciones abiertas
El registro de ejecuciones abiertas es la lista en la que constan todos los bienes que, en principio, van a ser embargados porque ya se ha abierto un procedimiento. Esto se puede aplicar a viviendas, pero también a locales comerciales, plazas de garaje, terrenos rústicos e incluso bienes de valor como coches, motos o joyas. Para que un bien entre en este registro, ha de haber una obligación de pago no satisfecha y demostrable.
¿Cómo se lleva a cabo la ejecución de embargo? En primer lugar, y con la documentación necesaria, se anotará en el Registro de la Propiedad de la población donde esté. Y, posteriormente, se solicitará su ejecución vía judicial. Eso sí, en supuestos como el de la vivienda, hay que diferenciar entre el proceso de ejecución y el lanzamiento propiamente dicho, que es cuando se lleva a cabo el desahucio. Por lo tanto, si bien es un momento avanzado del embargo, no es aún irreversible.
Este supuesto indica, en principio, poca predisposición por parte del acreedor para exonerar o condonar la deuda. Afortunadamente, existe la posibilidad de acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad. Si acreditas buena fe, una deuda inferior a 5 millones de euros y falta de antecedentes en delitos contra el orden socioeconómico, podrás liberarte de la deuda.
Cómo salir de un registro de ejecuciones abiertas
Existen algunas posibilidades para que salgas de un registro de ejecuciones abiertas. Ahora bien, hemos de ser realistas: si has llegado a este punto, la mayoría quizás estén fuera de tus posibilidades. Son estas:
- Satisfacer la deuda. En este caso, y si el acreedor estuviese dispuesto, se podría revertir todo el proceso desde el principio.
- Que la acción judicial del embargo prescriba. Esto es muy poco frecuente, pero consistiría, en esencia, en que se abriese la ejecución en el registro, pero en que nunca se llevase a cabo el lanzamiento. La legislación española establece la prescripción, para este tipo de situaciones, en los 4 años, desde que se haya anotado; eso sí, puede renovarse periódicamente.
- Acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad. Sin duda alguna, es la mejor opción si tienes un problema de recursos. Enviarás tu solicitud de exoneración al juez y este la valorará. Si la acepta, no solo mantendrías tu vivienda habitual, sino que quedarías exonerado de la deuda.
La última reforma legislativa, vigente desde el 26 de septiembre, incluye la dación en pago. En consecuencia, si tienes algún tipo de problema estructural de pagos sobrevenido, hoy tienes la oportunidad de liberarte para siempre. Eso sí, es necesario que dispongas de un asesoramiento especializado durante todo el proceso.
¡Consigue liberarte de tus deudas!
El registro de ejecuciones abiertas, si bien implica ya un paso avanzado, no tiene por qué ser definitivo. En Ecualitas te ayudamos a eliminar de un plumazo esa deuda que te pesa como una losa, y sin perder tu vivienda habitual. ¡Llámanos para saber de qué manera podemos ayudarte! ¡Adiós a las deudas!