¿Te encuentras superado por las deudas y no puedes hacerles frente? Si puedes afirmar eso de «tengo muchas deudas«, te sientes cada vez más abrumado por ellas y, además, sabes que no vas a poder pagarlas, presta atención. Existe una solución legal para poder lograr el perdón de parte o la totalidad de las mismas. Algo que será posible a través de la Ley de Segunda Oportunidad. A continuación, te contamos en qué consiste, y cómo puede ayudarte.
En qué consiste la Ley de Segunda Oportunidad
Pues bien, la Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal al que se pueden acoger todas las personas físicas, ya sean particulares o autónomos.
Para ello se han de cumplir una serie de requisitos que detallaremos más adelante. A través de este Ley la persona puede comenzar de cero, quedándose sin deudas ya sea de manera total o parcial. Es, como decimos, un mecanismo legal e irreversible. De este modo, los acreedores no podrán volver a solicitarte la deuda que pudieras tener con ellos.
Es un procedimiento efectivo, rápido, seguro y que se hace conforme a la ley que te permitirá incluso lograr el perdón de deudas con la administración pública. Sin ir más lejos, podrás lograr una exoneración de hasta 10.000 euros con la Agencia Tributaria y de otros 10.000 euros con un organismo como la Seguridad Social. Por supuesto, con este mecanismo también conseguirás la exoneración con entidades bancarias, de crédito, acreedores particulares, etc.
Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
Así pues, si tienes muchas deudas y no te ves capaz de hacerles frente, lo siguiente será comprobar si cumples con los requisitos para poder acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad. Son los siguientes.
Ser un particular o autónomo
Como decimos, uno de los requisitos será ser una persona física, es decir, particular o autónomo. De este modo, para acceder a la exoneración legal de la deuda. Hay que recordar que, en este sentido, las empresas ya cuentan con la opción del concurso de acreedores.
Contar con más de dos acreedores
También será necesario contar con más de dos acreedores para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. En este sentido, cabe recordar que los acreedores pueden ser desde entidades bancarias o financieras, a empresas, particulares, etc.
Ser insolvente
Será fundamental para acogerse a la Ley Segunda Oportunidad ser insolvente. De este modo, la persona podrá encontrarse en una situación ya de insolvencia o estar ante un caso de insolvencia inminente. Es decir, saber con total seguridad y con los datos sobre la mesa que no va a poder hacer frente a las deudas de manera inminente.
No tener una deuda superior a los 5 millones de euros
Del mismo modo, será fundamental que las deudas no superen los 5 millones de euros. Estos requisitos están recogidos en los artículos 632 y 633 del TRLC y es el límite legal que se establece. Las personas que deban más dinero no podrán acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Por el contrario, no existe una cuantía mínima para acogerse a este mecanismo.
No contar con antecedentes penales por delitos económicos
La persona que tenga muchas deudas y busque acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad no tendrá que contar con antecedentes penales por delitos económicos. En concreto, en los diez años anteriores no tendrá que contar con una sentencia firme por delitos socioeconómicos. Si existiera un proceso pendiente de sentencia, la posibilidad de acogerse a este mecanismo quedará suspendida hasta obtener la resolución.
Ser deudor de buena fe
El deudor tendrá que haber actuado de buena fe, no habiendo llevado a cabo de manera intencionada ninguna acción que pudiera haber agravado la situación de insolvencia en la que está.
No haber recurrido a la Ley de Segunda Oportunidad en la última década
Del mismo modo, la persona no podrá haberse acogido en la última década a la Ley de Segunda Oportunidad. Lo que se busca es eludir la mala praxis.
Ventajas de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
Así pues, si tienes muchas deudas como ves acogerse a este mecanismo tiene notables ventajas. La principal es la posibilidad de cancelar las deudas. Todo ello con la posibilidad de conservar al patrimonio. Con la nueva ley, el deudor tendrá la opción de escoger entre liquidar los bienes existentes y cancelar el total de la deuda, o conservarlos y comprometerse a un plan de pagos.
Además, en el caso de que estuviera en ficheros de morosos saldrá de ellos. Una vez se procede a la exoneración de la deuda se borrarán tus datos de los ficheros de morosos y asociados a riesgos financieros.
Si quieres volver a empezar de cero, libre de deudas, en Ecualitas podemos ayudarte. No lo dudes y contáctanos para estudiar tu caso concreto.