Librarse de las deudas con Hacienda sería un sueño para muchas personas, porque deberle dinero al Fisco nunca es agradable. Además, de todas las deudas que podrías llegar a dejar sin pagar en caso de no tener recursos económicos, las que están pendientes con esta Administración son las más «peligrosas», porque su cuantía no deja de crecer y crecer. Veamos si se puede hacer algo con ellas a través del procedimiento de segunda oportunidad.
Los intereses de demora y los recargos en las deudas con Hacienda
La Agencia Tributaria permite a los contribuyentes pedir aplazamientos y fraccionamientos de sus deudas, pero mucha gente no está al corriente de esto. No obstante, esta medida de gracia de la Administración no sale gratis, y siempre lleva aparejada intereses de demora. Aun así, esto es mejor que tener una deuda pendiente de pago con Hacienda.
Pero hay situaciones económicas especialmente complicadas en las que ni tan siquiera es posible abordar el pago de lo que se le debe al Fisco, y dejar de pagar complica todavía más la situación, porque la deuda va a ir creciendo a través de intereses de demora y recargos.
Para este 2023, los intereses de demora están en un 4,0625%, lo que supone un 8% más en comparación con el 2022. Además, iniciado el período ejecutivo de la deuda, se empiezan a sumar recargos, que oscilarán entre el 5% y el 20% en función de cuándo pueda pagar el deudor. De esta forma, cualquier deuda con Hacienda crece muy rápidamente.
¿Es posible librarse de las deudas con Hacienda con la segunda oportunidad?
Cuando el sistema de segunda oportunidad entró en vigor en 2015, uno de los aspectos más criticados de la norma fue que no permitía la exoneración de las deudas ni con Hacienda ni con la Seguridad Social. El deudor insolvente que se sometía a este procedimiento podía quedar liberado de todas las cantidades adeudadas, salvo de aquellos créditos cuyos titulares eran Hacienda y la Seguridad Social que, además, seguían creciendo y creciendo a causa de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo.
Empezaron a llegar recursos al Tribunal Supremo sobre esta cuestión, y el Alto Tribunal determinó que los recurrentes tenían razón. No había razón jurídica alguna que viniera a justificar que estas Administraciones fueran acreedores preferentes frente al resto y tuvieran derecho a cobrar sus créditos cuando los demás no lo habían hecho al haber decretado un juez que el deudor quedaba totalmente liberado de sus deudas.
La nueva Ley de Segunda Oportunidad se ha hecho eco de lo dicho en su momento por el Tribunal Supremo, y sí permite librarse de las deudas con Hacienda (y con la Seguridad Social), pero establece un límite.
Límite de 1. 000 euros en las deudas con Hacienda
El deudor insolvente que acude a pedir la segunda oportunidad puede verse totalmente liberado de sus deudas, incluidas las que tenga con el Fisco y con la Seguridad Social, pero estas Administraciones continúan estando un poco más protegidas que el resto de acreedores.
El juez solo puede exonerar al deudor del pago de 10.000 euros con cada Administración. Es decir, si un deudor que acude a la segunda oportunidad le debe 8.000 euros a Hacienda, su deuda quedará totalmente saldada cuando el juez dicte la resolución que le libere de sus deudas. Por el contrario, si la deuda es de 15.000, el juez solo puede liberar al deudor del pago de 10.000 euros, los 5.000 restantes tendrá que pagarlos.
A fin de que esto no suponga un perjuicio para una persona que está en estado de insolvencia y ha liquidado su patrimonio para poder acceder a la segunda oportunidad, lo que se hace es que el juez establece un plan de pagos para la cantidad sobrante de la deuda. Determinando las cuotas que se deben pagar y los plazos para hacerlo. Se busca con ello que el pago de esta cuantía le resulte lo más fácil posible.
¿Cuándo acudir al proceso de segunda oportunidad?
A fin de librarse de las deudas con Hacienda y con el resto de deudores, lo mejor es acudir al procedimiento lo antes posible una vez que se produce la situación de insolvencia actual. Es decir, una vez que ya no se puede hacer frente a los pagos y se han empezado a dejar cuotas o deudas sin pagar.
La ventaja añadida de este procedimiento es que, una vez solicitado, todas las deudas dejan de generar intereses de demora y recargos hasta que el juez resuelva, por lo que quedan «congeladas» y ya no crecen más. Por tanto, desde el mismo momento en que se inicia el procedimiento, la situación del deudor empieza a mejorar.
Librarse de las deudas con Hacienda es ahora una posibilidad con la segunda oportunidad. Si tu situación económica es complicada y deseas iniciar un proceso de este tipo, tienes a nuestro equipo a tu disposición.