La enervación de la ejecución hipotecaria es una opción que existe para paralizar los embargos, bajo determinadas condiciones. Esta entrada te explica en qué consiste y cómo funciona.
Qué es la enervación de la ejecución hipotecaria
La enervación de la ejecución hipotecaria es un recurso de urgencia al que se puede recurrir si se tiene el dinero para pagar. Básicamente, consiste en detener y finalizar el proceso de ejecución hipotecaria cuando ya ha pasado el periodo de alegaciones sin que estas se hiciesen o si han sido desestimadas.
Estamos, pues, ante una situación que, aunque es de emergencia, permite solucionar para siempre el problema de la hipoteca. Y huelga decir que, en el caso de que haya una deuda, esta quedaría suprimida para siempre y podrías pedir la baja del fichero ASNEF.
Cómo acogerse a la enervación de la ejecución hipotecaria
La enervación de la ejecución hipotecaria es una opción que se puede utilizar hasta el mismo momento de la subasta de los bienes que se han embargado. Lo que se tiene que hacer, en ese momento, es consignar ante el juzgado la cantidad que se debe en ese momento. Si esto sucede, se daría por paralizado todo el proceso.
¿Cuál es la diferencia con respecto a ir a la subasta del bien? Que, muchas veces, el coste de pagar las deudas es menor que el coste de salida del bien que se va a subastar. Por lo tanto, si dispones del dinero a mano, es una vía que te va a interesar, y mucho. Ahí corresponderá que el funcionario judicial extienda el comprobante para que se libere la vivienda y se dé por finalizado el proceso. De esta manera, se pondría al contador a cero de las deudas.
No obstante, el principal inconveniente que tienen muchas personas es la imposibilidad de acogerse a esa vía por falta de recursos. ¿Significa que todo está perdido? No, para eso tienes la Ley de la Segunda Oportunidad (LSO) que debes conocer.
Cómo y cuándo acogerme a la Ley de la Segunda Oportunidad para mantener la propiedad de mis bienes
La posibilidad de acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad (LSO) existe para que no pierdas la propiedad de tus bienes. Eso sí, tiene que hacerse en tiempo y forma, antes de la ejecución del embargo, y, además, se tienen que cumplir una serie de condiciones.
1. Acreditar que has contraído la deuda de buena fe
El primer requisito, y el más importante de todo, es acreditar que la deuda se ha contraído de buena fe. Esto implica, primero, que se demuestre que, cuando te endeudaste, estabas en disposición y con capacidad real de pagar. Y, por otra parte, tendrás que acreditar que pides el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) porque no tienes posibilidad material de pagar.
2. Ser mayor de edad
Aunque se supondría que hay que ser mayor de edad, recordemos que es posible contraer pequeñas deudas siendo menor. La LSO obliga, sea como fuere, a que el deudor tenga un mínimo de 18 años y plena capacidad de obrar.
3. Deber un máximo de 5 millones de euros
La LSO tiene unos límites de deuda que en ningún caso se pueden sobrepasar. El máximo de deuda que se podría cancelar es de 5 millones de euros; en caso contrario, no se aplicaría esta ley. Asimismo, recuerda que, con las Administraciones, el máximo de deuda que se puede cancelar es de 20.000 euros.
4. Carecer de antecedentes penales en delitos contra el orden socioeconómico
Es posible acogerte a la LSO si tienes antecedentes penales, pero siempre que estos no sean de delitos contra el orden socioeconómico. Básicamente, no puedes tener antecedentes en los delitos de fraude o estafa. Si tienes antecedentes en alguno de estos casos, no podrás beneficiarte de la ley.
5. Primera vez que te acoges a la ley
La legislación, tal y como está redactada, está pensada para que solo aproveches esta ley en intervalos de 10 años. Ahora bien, y como se aprobó en 2015, esta tiene que ser la primera vez que te hayas dirigido al juez para pedir el BEPI.
Ten en cuenta, además, que las vías para que mantengas la propiedad de vivienda, se pueden dar dos casos. El primero, que consigas mantener la vivienda gracias al BEPI total de tu deuda (ideal si la hipoteca vale más que la vivienda); el segundo, que pactes un BEPI parcial que suponga una quita de parte de lo que debes y un plan de pagos para el resto.
Paraliza tus embargos con la Ley de la Segunda Oportunidad
La enervación de la ejecución hipotecaria es un proceso ideal si tienes medios, pero, si no, la Ley de la Segunda Oportunidad es la solución. ¿No sabes cómo pedirla? En Ecualitas nos encargamos de todo: recopilamos los documentos necesarios y los presentamos ante el juez. Libérate de tus deudas y vuelve a hacer vacaciones. ¡Llámanos y te informamos!