Cancelar tus deudas es posible gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad (LSO), pero hoy es posible hacerlo manteniendo tu vivienda habitual. ¿Quieres saber de qué manera? Aquí te lo contamos.
¿Puedes cancelar tu deuda y mantener tu vivienda habitual?
Como principio general, debes saber que responderás con tu patrimonio personal de las deudas que tengas. Por lo tanto, es importante que sepas que, en condiciones normales, tu vivienda responderá para pagar lo que debes.
No obstante, existe la Ley de la Segunda Oportunidad (LSO), que ha supuesto un antes y un después en este problema. La primera redacción ya permitía, en algunos casos, cancelar la deuda sin perder tu vivienda. Sin embargo, con el cambio de la Ley Concursal de 2022, han aumentado las posibilidades para acogerte a este beneficio.
¿Quieres saber mejor cuáles son las condiciones para que puedas cancelar tu deuda sin perder tu casa? Aquí te decimos todos los supuestos y lo que tienes que hacer.
Condiciones para cancelar deudas y salvar tu vivienda con la Ley de la Segunda Oportunidad
Si quieres salvar tu vivienda y cancelar deudas, lo primero que debes hacer es acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad (LSO) y pedir el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI). Cuanto antes lo hagas, mejor, porque eso se tendrá en cuenta a la hora de concederlo para demostrar que la deuda fue de buena fe.
Una de las ventajas de la actual ley, tal y como está redactada, es que no tienes que pasar por una fase previa de mediación. Eso no tenía una gran utilidad porque, para mediar, tiene que haber acuerdo de las dos partes. De esta manera, puedes dirigirte directamente al juez para pedir la exoneración de la deuda, sin por ello renunciar a tu vivienda. Ahora bien, a veces podrás eliminar el 100 % de la deuda, y a veces no.
Eso sí, debes saber que no siempre es posible aprovechar este beneficio. De hecho, conservar tu vivienda habitual será la excepción, no la norma. Es posible si se da alguna de estas condiciones; toma nota:
1. Vender la vivienda empeora tu situación económica
La venta de la vivienda no puede suponer un empeoramiento económico para el pago de la deuda. Por ejemplo, si tienes que hacer una serie de reformas importantes que encarecen la venta, en este caso se podría mantener la propiedad de la vivienda. De alguna manera, esas reformas complicarían aún más el pago de la deuda.
Hay que decir que este es un caso extremadamente raro y la interpretación es subjetiva. Solo se da en el caso de inmuebles antiguos, que necesitan unas reformas costosas. Y, por supuesto, es necesario que puedas demostrar esta circunstancia con facturas o presupuestos.
2. Valor de tasación por debajo de la deuda
El valor de tasación por debajo de la deuda es el supuesto más importante y al que siempre te has podido acoger. Básicamente, consiste en que puedes cancelar la deuda manteniendo la casa, siempre y cuando esta tenga un valor de tasación inferior a la deuda que tienes que pagar.
¿Esto cuándo sucede? Por ejemplo, con hipotecas a interés variable, porque es relativamente común esta situación. En este caso, el juez te puede conceder el BEPI sin que ello suponga que pierdas tu vivienda. No está de más, pues, echar un vistazo a esta posibilidad. Con el actual escenario de subida generalizada de tipos de interés, el número de viviendas en esta situación ha aumentado.
Para que puedas acreditar esta situación, además de la documentación de la hipoteca, deberías contar con un informe de una tasadora de prestigio. Esto es especialmente importante, sobre todo si la hipoteca tiene unos años.
3. Exoneración parcial con plan de pagos
La exoneración parcial con un plan de pagos es la principal novedad que se ha introducido en la ley. Y esto significa que puedes eliminar una parte de la deuda sin perder por ello tu vivienda habitual ni el resto de tu patrimonio.
No obstante, hay una desventaja: seguirás debiendo una parte del dinero y tendrás que cumplir con los pagos. Pero, si te queda poca hipoteca que pagar, y la exoneración es de un porcentaje significativo, te puede interesar. El porcentaje del que te liberen variará, pero puede llegar al 50 %. Por lo tanto, es una vía intermedia que te puede interesar, porque no perderías nada de tu patrimonio.
El consejo que te damos es que lo valores, teniendo en cuenta el inmueble, el precio, la tasación y tus expectativas de futuro. En cualquier caso, es importante que tengas un asesor especializado que te ayude a presentar la solicitud.
Libérate de las deudas sin perder tu casa
Cancelar deudas sin perder tu vivienda es posible y existen varias maneras para conseguirlo. La Ley de la Segunda Oportunidad es tu salvavidas si quieres volver a empezar. En Ecualitas te ayudamos y te asesoramos, recopilando la documentación y presentándola ante el juzgado por una cuota mensual. ¡Llámanos para saber más!