Dónde gestionar la ley de segunda oportunidad

Dónde y cómo gestionar el procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad

¿Dónde gestionar la ley de segunda oportunidad? Si estás en una situación de insolvencia que te impide hacer frente al pago de las deudas que tienes pendientes, la solución más viable en tu caso es que acudas al juzgado a justificar tu falta de recursos económicos para conseguir que el juez te libere de los pagos que te quedan pendientes por hacer.

Con el cambio legislativo, el procedimiento de segunda oportunidad es ahora más ágil y sencillo, tal y como vas a poder ver a continuación.

Dónde gestionar la ley de segunda oportunidad

Este procedimiento de exoneración de deudas dirigido a particulares y autónomos se puso en marcha en 2015. Pero ha sido recientemente modificado para adaptar su tramitación a la legislación europea y ofrecer una solución más eficiente a quienes están en una situación económica especialmente complicada.

Con la legislación anterior, eran los juzgados de lo Civil los encargados de atender este tipo de peticiones. El problema es que estos órganos están muy saturados de trabajo. Algo que provocaba que el procedimiento se alargara mucho más de lo que sería recomendable.

En la actualidad, la gestión de las peticiones de segunda oportunidad le corresponde a los juzgados de lo Mercantil. Estos están más capacitados para entrar a conocer de cuestiones que son, esencialmente, económicas. Y, además, su volumen de trabajo es mucho menor, por lo que no se producen tantos retrasos en la resolución.

¿Cómo se gestiona el procedimiento?

Ahora que ya sabes dónde gestionar la ley de segunda oportunidad, seguro que otro de los temas que te interesa es cómo se lleva a cabo la tramitación. Y es que es posible que hayas escuchado que ahora es más sencilla, y te confirmamos que es así.

Con la legislación anterior, antes de presentar tu petición de exoneración de deudas en el juzgado tenías que pasar por un procedimiento de negociación con los acreedores para intentar alcanzar un plan de pagos. Esto implicaba acudir en primer lugar al Notario y que se designara un mediador. 

Era el deudor quien tenía que asumir el pago del Notario y del mediador. Algo que podía llegar a resultar extremadamente complicado para alguien que había llegado hasta ahí porque tenía problemas económicos. Además, la negociación con los acreedores podía extenderse durante semanas o meses, retrasando todavía más la solución definitiva de su situación.

Con la nueva legislación, se ha optado por eliminar la obligatoriedad de la fase extrajudicial. Si estás en insolvencia actual, lo que tienes que hacer es pedir directamente el BEPI (beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho) ante el juzgado de lo Mercantil que corresponda en función de tu domicilio.

Una vez que hayas presentado tu solicitud, los procedimientos judiciales y extrajudiciales de reclamación de deuda que estén llevando a cabo tus acreedores deberán quedar en suspenso hasta que se dicte sentencia. En consecuencia, tampoco se seguirán sumando intereses de demora ni recargos a la cantidad que debes.

¿Qué hay que presentar?

Lo primero que debes hacer es reunir la documentación que pone de manifiesto todas las deudas que tengas pendientes de pago. Así como los justificantes y documentos que acreditan que te encuentras en una situación que te impide abonar todas las cantidades que adeudas. También, los papeles que dejan ver que ya has llegado a la morosidad porque has dejado algunas deudas vencidas sin pagar.

Si quieres una exoneración total de las deudas, debes aportar al juzgado la información relativa a tus bienes y activos, porque estos tendrán que ser liquidados. En caso de que seas autónomo, puedes conservar aquellos que sean imprescindibles para el ejercicio de tu actividad económica.

En la actualidad, el procedimiento de segunda oportunidad te permite conservar tu vivienda habitual si te encuentras al corriente de pago de la misma. Lo que ocurre es que en este caso no quedarás totalmente liberado de tus deudas. Respecto a aquellas que no se puedan pagar con la liquidación del resto de tus bienes, se establecerá un plan de pagos diseñado para que puedas cumplir con él, aunque tu situación económica sea muy delicada.

En caso de que hayas optado por una liberación total de tus deudas, una vez liquidado tu patrimonio, el juez dictará una resolución en la que dará por cancelados todos los pagos que queden pendientes. Esto se le comunicará a los que eran tus acreedores, que ya no podrán reclamarte nada más.

Además, ahora el juez es competente para dar aviso de la cancelación de las deudas a los ficheros de impagados o registros de morosos, a fin de que estos cancelen tus datos y no te molesten nunca más.

Ya sabes dónde gestionar la ley de segunda oportunidad y cómo se lleva a cabo el procedimiento, así que es hora de ponerte manos a la obra para mejorar tu situación y olvidarte de tus problemas económicos. ¿Quieres contar con ayuda especializada a lo largo de este proceso? Puedes contar con nuestro equipo especializado en estos temas.