Deudas con Hacienda es lo que menos desea tener cualquier persona, pero dado que todos somos contribuyentes, si nuestra situación económica no es buena, no es extraño que lleguemos a deberle algo al Fisco si no tenemos liquidez suficiente como para pagar nuestros impuestos. Vamos a ver qué ocurre con estas deudas si hemos llegado a la insolvencia e iniciamos un procedimiento de segunda oportunidad.
El gran problema de las deudas con Hacienda
Si deber dinero siempre es un problema, este es todavía más grave cuando el acreedor es Hacienda. Porque cualquier cantidad que no paguemos a tiempo va a empezar a sumar inmediatamente intereses de demora y, en su caso, estos intereses son equivalentes al interés legal del dinero más un 25%.
En 2023 el interés legal del dinero está fijado en un 3,25%, aplicando un 25% más, las deudas con Hacienda que no se pagan en período voluntario suman hasta un 4,06% más. Y a ello hay que añadir los recargos del período ejecutivo que, en función de cuándo pague el obligado, oscilan entre un 5% y un 20% sobre el importe principal de la deuda.
Es decir, que cada día que no le pagas a Hacienda la deuda crece y crece. Además, esta Administración tiene potestad para iniciar y gestionar por sí misma un procedimiento de apremio sin necesidad de acudir a la vía judicial. Esto significa que puede embargar tus bienes y enajenarlos para cobrarse con ello lo que le debes. Y si esto ocurre, también tendrás que pagar los costes en los que haya incurrido Hacienda para conseguir el cobro.
Deudas con Hacienda en la anterior ley de segunda oportunidad
Con la redacción anterior de la ley de segunda oportunidad, las deudas con Hacienda quedaban fuera de la exoneración que podía decretar el juez. A efectos prácticos esto implicaba que, si una persona física o un autónomo tenían deudas con la Seguridad Social o con Hacienda, estas pervivían aunque el resto de deudas sí fueran canceladas en su totalidad.
Por suerte, la jurisprudencia del Tribunal Supremo entendió que no había ninguna razón objetiva para otorgar ese privilegio a las deudas con las Administraciones Públicas, y estableció que estas deudas también podían ser objeto de exoneración en un procedimiento de segunda oportunidad. De hecho, según el Alto Tribunal, no liberar de estas deudas a alguien que acude a este procedimiento, implica que no se le está dando realmente una segunda oportunidad, porque todavía va a tener que hacer frente a una deuda que puede ser muy elevada y que sigue creciendo día tras día.
Las deudas con Hacienda en la actual ley de segunda oportunidad
Como era previsible, la nueva redacción de la ley de segunda oportunidad ha recogido las apreciaciones del Tribunal Supremo y ahora hace referencia expresa a la exoneración de deudas con Hacienda y con la Seguridad Social, aunque establece ciertos límites.
La cantidad que se puede liberar son 10.000 euros con cada Administración. Si descontada esa cantidad queda algo de deuda pendiente, para el resto se establece un plan de pagos que el deudor pueda acatar en su situación económica actual. Se intenta así darle todas las facilidades posibles para que pueda empezar desde cero.
Por ejemplo, imaginemos que un autónomo adeuda 12.000 euros a Hacienda y 8.000 euros a la Seguridad Social en el momento de pedir la segunda oportunidad. El juez cancelará totalmente su deuda con la Seguridad Social, pero con respecto a Hacienda solo podrá cancelar 10 000 euros del total debido. Finalizado el proceso, el autónomo todavía le debe 2 000 euros al Fisco, pero para que pueda abonarlos se habrá diseñado para él un plan de pagos.
Incluso en aquellos casos en los que la exoneración de lo adeudado a Hacienda no es total, la nueva legislación supone un importante avance con respecto a la anterior, que ni siquiera preveía la posibilidad de cancelar estas deudas por vía judicial.
¿Qué puedes hacer si tienes deudas con Hacienda?
Si tienes deudas con Hacienda y, al menos, otra entidad o sujeto, puedes acreditar que estás en situación de insolvencia, y en este caso lo mejor que puedes hacer es empezar un procedimiento de segunda oportunidad. Hazlo cuanto antes, porque en el momento en que presentes tu solicitud las deudas dejarán de generar intereses y recargos, lo que evitará que la deuda con Hacienda se dispare todavía más.
Por otro lado, si Hacienda u otro de tus acreedores han iniciado un procedimiento para enajenar tus bienes y cobrarse la deuda con lo obtenido, estos también quedarán paralizados hasta que el juez decida sobre tu situación. Por tanto, todo empezará a mejorar en cuanto presentes tu solicitud en el juzgado.
Las deudas con Hacienda no dejan de crecer si no haces algo al respecto, así que te recomendamos tomar medidas lo antes posible. ¿Necesitas ayuda para iniciar el procedimiento de segunda oportunidad? Recuerda que nos tienes aquí para ayudarte.